El contrato, es un acuerdo legal que no se puede romper. También se puede definir como un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas con capacidad, que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca.
2- Tipos de contratos:
Contrato indefinido, contrato a tiempo parcial, contrato para trabajadores con discapicidad, contratos formativos, contrato de revelo, contrato de duración determinada, contrato laboral.
3- Elementos mínimos que tiene un contrato:
- El contrato de trabajo es voluntario, ya que se basa en un acuerdo de voluntades que se supone no viciado.
- Para que este vínculo jurídico tenga validez, es necesario que las partes contratantes dispongan de capacidad adecuada, es decir, cumplan los requisitos que la ley exige para poder ejercer derechos y obligaciones, en este caso orientados al marco laboral.
- La obra a realizar o el servicio a prestar pueden ser tanto de carácter intelectual como manual, pero siempre por cuenta ajena y con sometimiento al poder de dirección del empresario.
- El contrato es bilateral, ya que existen obligaciones recíprocas; así, frente al hacer del trabajador media la obligación empresarial de retribuir.
5- Enlace:
http://www.inem.es/ciudadano/empleo/contratacion/impresos/todos.zip.6- Diferencia entre contrato en práctica y para la formación:
- Contrato en práctica: Es el concertado entre quien está en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten legalmente para la practica profesional, y un empresario, para la prestación de un trabajo retribuido que permita a su vez al trabajador aplicar y perfeccionar conocimientos y le facilite una practica profesional adecuada a su nivel de estudios.
- Contrato para la formación: Es aquel que tiene por objeto la adquisición de los conocimientos prácticos necesarios para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo cualificado y en el que el trabajador se compromete a prestar el trabajo efectivo y a recibir la formación y el empresario a retribuir el trabajo y, al mismo tiempo, a concederle los permisos para asistir a la formación teórica.
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